ACCIONES DEL SERVICIO NACIONAL DE INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE SEMILLAS (SNICS-SAGARPA) PARA EL DESARROLLO DEL CAMPO MEXICANO

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L. Córdova-Téllez

Keywords

Abstract

Las atribuciones del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semilla (SNICS), tienen su fundamento legal en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable (LDRS) del año 2001, Ley Federal de Variedades Vegetales (LFVV) del año 1996, Ley Federal de Producción, Certificación y Comercialización de Semillas (LFPCCS) del año 2007 (Diario Oficial de la Federación, 2018), que dan origen a las actividades sustantivas en:
     I. Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (RFAA). Coordina acciones de manera interinstitucional
      e interdisciplinaria para la conservación y aprovechamiento sostenible de los RFAA, con fundamento
      en el Artículo 102 de la LDRS. Para ello, se implementó la estrategia denominada Sistema Nacional de Recursos
      Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (SINAREFI).
   II. Registro de Variedades Vegetales. Autoridad responsable de regular la inscripción de variedades vegetales ante
     el Catálogo Nacional de Variedades Vegetales (CNVV) del SNICS con fundamento en la LFPCCS. Así mismo,
     regula bajo un segundo esquema la propiedad intelectual de los obtentores de las nuevas variedades, mediante
     la expedición de Título de Obtentor, que se publica en la Gaceta Oficial de los Derechos de Obtentor de Variedades
    Vegetales en México (DOV), con fundamento en la LFVV y su Reglamento, la cual está en concordancia
    con el acta de 1978 del Convenio de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales
    (UPOV), al que México se adhirió en Julio de 1997.
   III. Certificación de Semillas. Inspección y vigilancia en la calificación y comercialización de semilla de variedades
      registradas ante el CNVV del SNICS, tanto de variedades de uso común, como con título de obtentor con fundamento
     en la LFPCCS.


La actividad sustantiva del SNICS en RFAA, tiene una estrecha vinculación con el Convenio de Diversidad Biológica
(CDB), Protocolo de Nagoya sobre acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios
que se deriven de su utilización (PN) como Autoridad Nacional competente para los RFAA, Comisión de Recursos
Genéticos de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), Objetivos de Desarrollo
Sostenible de la Agenda 2030 de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Las atribuciones en variedades
vegetales, dan cumplimiento a los compromisos adquiridos por México ante la UPOV. En certificación de semillas,
se tiene relación con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en específico para lo
relacionado con la exportación de semilla (Figura 1) (SNICS, 2018).

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